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EL SIDOCAL apoya a la protección del consumidor
La Ley General de Protección de los Derechos del Consumidor o Usuario No. 358-05 establece un régimen que garantiza la equidad y la seguridad jurídica en las relaciones entre proveedores/consumidores de bienes y usuarios de servicios.
Además, la Ley 166-12 que crea el sistema dominicano para la calidad (SIDOCAL) en el Artículo 109, en adición a las atribuciones legales que le confiere la Ley 358-05, reconoce al Instituto Nacional de Protección de los Derechos del Consumidor como Autoridad Na- cional Reguladora o de Inspección y, en tal virtud, podrá realizar cuantas actividades de confirmación sean necesarias para determinar si los Reglamentos Técnicos (RT) y otras disposiciones oficiales se cumplen, en relación con:
- La calidad de los bienes y servicios,
- La inocuidad y seguridad alimentaria,
- El cumplimiento de normas y reglamentos técnicos en materia de seguridad de las instalaciones, sistemas y procesos,
- La existencia de las certificaciones o marcas de conformidad emitidas por el Instituto Dominicano de la Calidad -INDOCAL- para los fines que corresponda
- Cualquier otra que pudiere ser establecida mediante reglamento.
En tal sentido, uno de los objetivos fundamentales de esta institución es asegurar la inocuidad de los alimentos que se comercializan en la República Dominicana y esto lo hace a través de la vigilancia y monitoreo en el cumplimiento o aplicación de las normas de calidad establecidas para los manipuladores de alimentos.
Por tanto, Pro Consumidor, en su misión de garantizar una efectiva defensa de los derechos de los consumidores y usuarios de bienes y servicios, ha venido trabajando en la promoción de las buenas prácticas comerciales, con el objetivo de lograr de lograr la participación y el compromiso de los actores económicos, a fin de que cumplan con sus obligaciones y deberes como proveedores, garantizando que los productos colocados en el mercado sean adecuados, que no representen riesgos a la salud y seguridad de los consumidores.