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Servicios de evaluación de conformidad en el área SFS
Las inspecciones en materia SFS se realizan por el Ministerio de Agricultura a través de las siguientes áreas:
El Departamento de Inocuidad Agroalimentaria tiene la responsabilidad de las inspecciones a las unidades productivas (fincas agrícolas y ganaderas, invernaderos, sala de extracción de miel, piscifactorías, empacadoras de frutas y hortalizas frescas, acopiadoras de leche, etc. Evalúa el cumplimiento de las Buenas Prácticas Agrícolas (BPA), Buenas Prácticas Ganaderas (BPG), Buenas Prácticas de Manejo (BPM) y las medidas preventivas para garantizar la inocuidad de los alimentos agrícolas.
Tipos de inspección: Por inicio de operaciones agrícolas, re-inspección de operaciones existentes, reportes de no conformidad, y solicitud de cartas constancia de cumplimiento o certificaciones para exportación.
La División de Cuarentena del Departamento de Sanidad Vegetal es responsable de las inspecciones fitosanitarias con el objetivo de determinar la existencia de plagas, enfermedades u otro agente patógenos en los productos de origen vegetal. Se hacen inspecciones a plantas, frutas y vegetales, otros productos y subproductos de origen vegetal destinados a la exportación, los empaques y medios de transporte.
Las inspecciones SFS se rigen por la Ley sobre la Sanidad Vegetal N°4990, que estable la zonificación de cultivos y las técnicas aprobadas para la producción del producto vegetal para evitar plagas y enfermedades. Los embalajes de madera deben haber recibido alguno de los tratamientos contemplados en la Norma Internacional para Medidas Sanitarias No.15 (NIMF n.° 15).
El Laboratorio Veterinario Central (LAVECEN) es el laboratorio de referencia nacional para el diagnóstico de la salud Animal y las enfermedades zoonóticas; control de calidad de alimentos, forrajes, residuos químicos en carnes, frutas, vegetales, calidad de formulados agroquímicos, producción de diversos biológicos y antígenos para la industria veterinaria. Se rige bajo la ley No. 4030 del año 1948 y es una dependencia de la Dirección General de Ganadería (DIGEGA) del Ministerio de Agricultura (MA).
El laboratorio del Instituto Dominicano de Investigaciones Agropecuarias y Forestales (Idiaf) para la protección vegetal (bacteriología, micología, nematología, virología y entomología), manejo postcosecha, suelos y aguas, biotecnología vegetal y biología molecular.
El Instituto de Innovación en Biotecnología e Industria (IIBI), entidad estatal descentralizada, que ofrece servicios analíticos de microbiología, plaguicidas, consultas agrícolas, biotecnología vegetal, manejo higiénico de alimentos, etc.
Los certificados SFS se emiten por el Ministerio de Agricultura a través de:
El Departamento de Sanidad Vegetal que emite el certificado luego de hacer la inspección correspondiente y la verificación de cumplimiento de los requisitos establecidos por el lugar de destino de los productos vegetales.
Los productos que requieren certificados fitosanitarios son: las plantas, bulbos y tubérculos, semillas para propagación, frutas y hortalizas, flores y ramas cortadas, granos y medios de crecimiento. Los contenedores, maderas, empaques y otros medios para la conservación de productos vegetales también deben tener certificados FSF.
El Certificado Fitosanitario para Exportar es el documento que muestra que los productos vegetales o plantas inspeccionados están incluidos en el certificado, que están libres de plagas y han sido inspeccionados de acuerdo con los procedimientos adecuados, según las disposiciones fitosanitarias vigentes del país importador.
portal del Comité Nacional para la Aplicación de las Medidas Sanitarias y Fitosanitarias (CNMSF) usted podrá obtener los principales requisitos sanitarios y fitosanitarios generales y específicos, para poder exportar productos agropecuarios a otros países.
La mercancía debe ir acompañada de un Certificado Fitosanitario de Exportación, emitido por Inspectores Oficiales de Cuarentena Vegetal del país exportador (en nuestro caso República Dominicana), los cuales están destacados en el punto de salida, luego de que se realice la inspección y se constate que se cumple con los requisitos establecidos por el país importador.
La División de Gestión de Calidad del Departamento de Inocuidad Agroalimentaria del Ministerio de Agricultura emite certificaciones y cartas constancia de Buenas Prácticas Agrícolas (BPA), Buenas Prácticas Ganaderas (BPG) o Buenas Prácticas de Manejo (BPM).
Las certificaciones se emiten a solicitud de las empresas siempre que cumplan con el 90% de los requisitos mínimos de BPA, BPM o BPG establecidos en el Decreto 52-08 y Resolución 27-2006.
Las cartas constancia se emiten a empresas que cumplan con un el 80% de los requisitos mínimos de BPA, BPM o BPG; siempre que las empresas implementen las recomendaciones indicadas dentro un plazo de tiempo determinado.